Tribunal Superior Administrativo
ordena a la JCE reconocer la Fuerza del Pueblo como partido mayoritario
Así lo anunció este jueves el senador Bautista Rojas Gómez, uno de los fundadores de la FP, en su cuenta de Twitter.
El representante en el Senado por la provincia Hermanas Mirabal dijo que una sentencia del TSA ordena a la JCE a interpretar el artículo 61 de la Ley de Partidos en base al principio de «favorabilidad» establecido en el artículo 74.4 de la Constitución de la República.
«Este colegiado es del criterio que procede acoger el recurso contencioso administrativo incoado en fecha 26 de febrero por el partido Fuerza del Pueblo en contra de la resolución 02-2021 y en consecuencia declara nula dicha resolución ordenando a la recurrida a interpretar el artículo 61 de la ley 33/18 en forma congruente con el principio de favorabilidad previsto en el artículo 74.4 de la Constitución», dice la presunta sentencia del TSA que Rojas publicó.
La resolución anulada emitida por la JCE para la distribución de los recursos económicos que el Estado eroga a las organizaciones políticas, estableció que solo el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Moderno (PRM) serían mayoritarios y por tanto, únicos beneficiarios del 80 % de esos recursos.
Rojas Gómez dijo que la sentencia del TSA reconoce que la Fuerza del Pueblo obtuvo más del 5 % de los votos en las elecciones presidenciales de julio de 2020, por cual debe ser catalogada como organización mayoritaria.
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