martes, 9 de junio de 2020

El Gobierno concede permiso para misas de Corpus Christi este jueves que no es laborable
• Gustavo Montalvo
SANTO DOMINGO, Republica Dominicana.-El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, anunció la autorización de las misas por el día de Corpus Christi, fecha que se conmemora este jueves 11 de junio.
El ministro tuiteó que la decisión fue tomada luego de una solicitud de la Iglesia Catolica a la  Comisión de Alto Nivel para la prevención y control del coronavirus.
“A solicitud de la Iglesia católica, con motivo del Día de Corpus Christi, la Comisión de Alto Nivel autorizó la celebración de misa este jueves, 11 de junio. #CoronavirusRD”, publicó Montalvo en su cuenta de Twitter (@GMontalvoFranco).
A partir del pasado miércoles 3 de junio, cuando se dio inicio a la Fase 2 de la desescalada por coronavirus, se había anunciado la apertura gradual de las iglesias en República Dominicana.

Las iglesias católicas solo podrían oficiar cultos y actividades religiosas los domingos con una cantidad mínima de feligreses, quienes deben respetar el distanciamiento social y físico, así como portar mascarillas dentro de la iglesia.
“Siempre con un mínimo de 2 metros de distancia entre cada persona, y siguiendo los protocolos que se estarán publicando.  En el caso de las iglesias adventistas y otras que celebren sus cultos los sábados, se permite que inicien, con un servicio religioso por semana”, indicó el ministro de la Presidencia durante una rueda de prensa el martes 2 de junio.

A solicitud de la Iglesia católica, con motivo del Día de Corpus Christi, la Comisión de Alto Nivel autorizó la celebración de misa este jueves, 11 de junio.

 Ministerio de Trabajo
Santo Domingo.-El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que la festividad religiosa Corpus Christi, que se celebra este jueves 11 de junio, es feriado.
La clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el viernes 12, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
En las empresas que por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.

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